Desde la postguerra, en lo relativo al derecho interno de los países, “la Constitución” es el lugar común permanente (en el ámbito internacional, lo serían “los derechos humanos”). Todo trata de llevarse al discurso constitucional, incluidos, por supuesto, los temas del Derecho Administrativo. Frente a ello es legítimo preguntarse: ¿Existe eso de un Derecho Administrativo Constitucional?