EL ESTADO SOCIAL Y LOS DERECHOS SOCIALES | TOMÁS A. ARIAS CASTILLO

Un corolario de la cláusula de Estado Social son los llamados derechos sociales (a la educación, a la protección de la salud, a la vivienda, al trabajo, a la protección social y a la alimentación). Dichos derechos son entendidos en la versión estándar del Derecho Administrativo contemporáneo como derechos prestacionales, vale decir, requirentes de prestaciones de hacer –y no de prestaciones de no hacer, como en el caso de los derechos clásicos de libertad- por parte del sector público y de la Administración en particular. Pero… ¿Son exigibles tales derechos?

 

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